Se define como accidente estudiantil “todo hecho fortuito ajeno a la voluntad del asegurado producido por causas externas violentas y súbitas que ocasionan lesiones corporales y que requieren atención inmediata”.
Teniendo en cuenta lo anterior y dada la vulnerabilidad frente a cualquier accidente, desastre natural u otros incidentes a los que se encuentra expuesta la comunidad universitaria en su quehacer cotidiano, La Vicerrectoría de Cultura y Bienestar consultó, reglamentó e implementó el Seguro Estudiantil contra Accidentes.
Dicho recurso tiene una vigencia de 180 días (seis meses) y aplica:
• En cualquier parte del país.
• En periodo de vacaciones inclusive.
• Dentro y fuera de las instalaciones universitarias.